La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado una condena de 57 años de prisión por la comisión de múltiples delitos sexuales contra menores de edad, ratificando la sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona.
Se trata de una resolución de especial relevancia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes frente a la violencia sexual, tanto por la gravedad de las penas impuestas como por el análisis jurídico que realiza sobre la reparación del daño causado a las víctimas menores.
VIOLENCIA SEXUAL CONTRA MENORES: UNA RESPUESTA JUDICIAL FIRME
El tribunal confirma que los delitos se cometieron de forma continuada y prolongada en el tiempo, afectando a dos menores en un entorno familiar, lo que agrava notablemente la responsabilidad penal.
Los hechos fueron calificados como delitos de agresión sexual a menores, explotación sexual infantil y utilización de menores con fines pornográficos.
INDEMNIZACIÓN DEL DAÑO MORAL EN MENORES VÍCTIMAS
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es la confirmación de las indemnizaciones fijadas a favor de las víctimas, rechazando que puedan considerarse desproporcionadas.
El tribunal recuerda que la gravedad del daño moral puede inferirse directamente de la gravedad de los hechos, sin exigir a las víctimas menores una carga probatoria excesiva.
PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y REPARACIÓN DEL DAÑO
La sentencia subraya que la justicia no puede devolver la infancia perdida, pero sí reconocer jurídicamente el daño sufrido y tratar de repararlo de forma adecuada.
Este pronunciamiento refuerza la necesidad de situar a los menores víctimas de violencia sexual en el centro del sistema judicial.